RESOLUCIÓN No.  16 /2001

 

POR CUANTO: Por acuerdo del Consejo de Estado adoptado el 21 de abril de 1994, quien resuelve fue designada Ministra de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

 

POR CUANTO: La Ley No. 81, "Ley del Medio Ambiente", de 11 de julio de 1997, reconoce la necesidad de establecer un sistema de estímulos y reconocimiento a aquellas personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que demuestren haber contribuido en forma efectiva a la protección y mejoramiento del medio ambiente nacional e internacional.

 

POR CUANTO: En el ámbito nacional  se  destacan notablemente instituciones, empresas, colectivos laborales, organizaciones no gubernamentales y personas naturales que han consagrado su trabajo a la consecución de nobles fines en favor del medio ambiente, a través de contribuciones novedosas con impactos relevantes en la solución o mitigación de problemas ambientales, el uso y manejo de los recursos naturales, el desarrollo de los procesos productivos, la producción de bienes de consumo y los servicios.

 

POR CUANTO: A fin de reconocer estos esfuerzos y resultados, el Gobierno ha considerado conveniente crear el Premio Nacional de Medio Ambiente, como un instrumento de reconocimiento y estimulación a estas instituciones, empresas, colectivos laborales, organizaciones no gubernamentales y personas naturales que muestran resultados relevantes en esta esfera.

 

POR TANTO:     En uso de las facultades que me están conferidas,

 

 

RESUELVO

 

 

PRIMERO:     Instituir  el  PREMIO NACIONAL DE MEDIO AMBIENTE, para estimular a aquellos que  hayan consagrado su trabajo a la solución o mitigación de problemas ambientales, a través de contribuciones novedosas con impactos relevantes, obtenidos y aplicados durante el uso y manejo de los recursos naturales, el desarrollo de los procesos sociales y  productivos y la producción de bienes de consumo y  servicios.

 

SEGUNDO:   El  PREMIO NACIONAL DE MEDIO AMBIENTE que por la presente se instituye,  podrá ser otorgado a  instituciones, empresas, colectivos laborales, organizaciones no gubernamentales y personas naturales.

 

TERCERO:    El PREMIO NACIONAL DE MEDIO AMBIENTE, se entregará anualmente, en ocasión de la celebración del 5 de junio, "Día Mundial del Medio Ambiente".

 

CUARTO:       Las bases de la convocatoria al PREMIO NACIONAL DE MEDIO AMBIENTE, se establecen en el Anexo a la presente.

 

QUINTO:        Notifíquese la presente a cuantas personas naturales y jurídicas deban conocerla.

 

Publíquese en la Gaceta Oficial de la República.

 

Dada, en la Ciudad de La Habana, en la sede del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, a los  doce  días del mes de febrero del 2001, "Año de la Revolución Victoriosa en el Nuevo Milenio".  

 

Dra. Rosa Elena Simeón Negrín.

 

 


Anexo de  la Resolución No. 16/2001

 

 

CONVOCATORIA AL

 

PREMIO NACIONAL DE MEDIO AMBIENTE.

 

 

El Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, convoca al Premio Nacional de Medio Ambiente.

 

Podrán aspirar al Premio las instituciones, empresas, organizaciones que hayan desarrollado una notable  contribución a la solución o mitigación de problemas ambientales, obtenidos y aplicados durante el uso y manejo de los recursos naturales, el desarrollo de los procesos productivos, la producción de bienes de consumo y los servicios. Asimismo, podrán aspirar al Premio los autores de aquellos resultados relevantes en el campo de la protección ambiental y colectivos laborales y personas naturales que hayan alcanzado logros meritorios en tal sentido.

 

Los aspirantes al Premio, deberán regirse, conforme resulte pertinente, por las siguientes

 

BASES

 

·         Poseer una política y estrategia definidas para la prevención, mitigación y  solución de los problemas ambientales.

·         Alcanzar resultados que evidencien el mejoramiento o protección del medio ambiente, expresando sus impactos positivos de forma cualitativa y cuantitativa.

·         Tener un reconocimiento social por su actividad.

 

La solicitud de inscripción al Premio Nacional de Medio Ambiente se realiza ante el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en el período comprendido del 15 de febrero al 16 de abril de cada año.

 

Los aspirantes deben presentar un informe de postulación, que contemplará las acciones siguientes:

 

I.                     Carta de presentación.

II.                   Introducción.

III.                  Autoevaluación.

IV.                Anexos.

 

 

Carta de Presentación, firmada por la máxima dirección de la institución o quien de acuerdo a los Estatutos constitutivos ostente la representación legal de la organización no gubernamental o del representante del colectivo laboral aspirante.

 

Introducción, breve descripción de la entidad o del colectivo y de sus actividades fundamentales.

 

Autoevaluación, que consistirá en la formulación detallada de las actividades realizadas y su impacto ambiental.

 

Anexos, avales de referencia, así como  información relevante, complementaria o ilustrativa de los resultados alcanzados.

 

Este informe deberá ser presentado en dos copias impresas, con tamaño de letra No. 11, como mínimo, a un espacio y con sus páginas numeradas, así como en disquete de 3,5” de alta densidad, usando procesador de texto Word, versión 6.0.

 

En el caso de las personas naturales no se admite la autopostulación, debiendo ser presentado por otra persona o entidad, rigiéndose para el resto de los requisitos, en tanto resulten aplicables, por las presentes Bases.

 

El Premio Nacional de Medio Ambiente se entregará el día 5 de junio de cada año, en ocasión de la conmemoración del Día Mundial del Medio Ambiente.